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2. ¿Puedo tramitar un Visado de Estudio o Trabajo a mi llegada a España?

Los visado de estudios o trabajo se deben tramitar directamente en el Consulado de España en Lima, en consecuencia NO PODRAN OBTENERSE dentro de territorio español.

 

¿Cómo estudiar en España?
Los ciudadanos extranjeros que deseen permanecer en España para cursar o ampliar estudios, realizar actividades de investigación o formación, prácticas no remuneradas, participar en intercambios de alumnos o llevar a cabo servicios de voluntariado, deberán obtener el correspondiente visado, que incluirá la autorización inicial de estancia en España. No obstante, los nacionales de determinados países están exentos de obtener visado siempre y cuando la duración de la estancia en España no supere los tres meses.
 
Cuando la duración de la estancia autorizada supere los seis meses de duración, los ciudadanos extranjeros titulares de un visado para cursar o ampliar estudios, realizar actividades de investigación o formación, prácticas no remuneradas, intercambio de alumnos o servicios de voluntariado, deberán solicitar, en el plazo de un mes desde su entrada en España, la tarjeta de estudiante extranjero ante la Oficina de Extranjeros o Comisaría de Policía correspondiente.
 
Mayor información:
http://www.exteriores.gob.es/Consulados/LIMA/es/InformacionParaExtranjeros/Paginas/Estudiar.aspx